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Derechos específicos para las mujeres afectadas por violencia de género

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¿Cómo se acredita la situación de violencia de género?

A todos los efectos, la situación de violencia de género que da lugar al reconocimiento de los derechos correspondientes, se acredita mediante una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género , una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que decida una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por medio del informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios que la demandante es víctima de violencia de género.

De igual modo, la situación de violencia de género también se podrá acreditar mediante el informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a las víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente; o por cualquier otro título, siempre que esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos.

Derechos reconocidos

  • Derecho a la información. Servicio 016 de información y asesoramiento jurídico, y web de recursos de apoyo y prevención ante casos de violencia de género
  • Derecho a la asistencia social integral.
  • Derecho a la asistencia jurídica gratuita, inmediata y especializada.
  • Derechos laborales.
    • Derechos de las trabajadoras por cuenta ajena: Reducción de jornada, movilidad geográfica, suspensión del contrato, extinción del contrato, ausencias o faltas de puntualidad, etc.
    • Derechos de las trabajadoras autónomas económicamente dependientes: adaptación del horarió, extinción de la relación contractual, interrupción de la actividad, beneficios de cotización a la Seguridad Social.
  • Derechos en materia de Seguridad Social.
    • Derechos en materia de cotización a la Seguridad Social
    • Derechos en materia de prestaciones de la Seguridad Social. derecho a la pensión de jubilación anticipada, pensión de orfandad.
  • Derechos en materia de ocupación y para la inserción laboral.
    • Programa específico de ocupación
    • Contrato de interinidad para la sustitución de trabajadoras víctimas de violencia de género
    • Incentivos para las empresas que contraten víctimas de violencia de género
  • Derechos de las funcionarias públicas. Permiso por razón de violencia de genero, derecho a la reducción de jornada, movilidad geografica por razón de violencia de genero, y excedencia.
  • Derechos económicos.
    • Ayuda económica específica para mujeres víctimas de violencia de género con especiales dificultades para obtener una ocupación
    • Renta activa de inserción
    • Anticipos por impago de pensiones alimenticias
    • Ingreso Mínimo Vital
    • Prioridad en el acceso a viviendas de protección oficial y residencias públicas para gente mayor
  • Derecho a la escolarización inmediata.
  • Becas y ayudas en el estudio.
  • Particularidades del empadronamiento por razones de seguridad.
  • Derecho a cambiar de apellidos o de identidad.
  • Derechos de las mujeres extranjeras:
    • Situación de residencia en España de las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género.
    • Mujeres extranjeras que tengan la condición de familiares de ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
    • Mujeres extranjeras no comunitarias: pueden ser titulares de alguno de los dos tipos de autorizaciones de residencia y trabajo específicas por razón de violencia de género.
    • La autorización de residencia temporal y de trabajo por cuenta ajena de la cual sea titular una mujer extranjera se renovará en el momento que expire en los supuestos de extinción del contrato de trabajo o suspensión de la relación laboral como consecuencia de ser víctima de violencia de género.
    • Protección de las mujeres extranjeras en situación irregular víctimas de violencia de género.
    • Derecho a la protección internacional (asilo).

Derechos de las víctimas del delito que también aplican para la víctimas de violencia de género

  • Derechos del Estatuto de la víctima del delito (Derechos y medidas cautelares.
  • Derecho a formular denuncia.
  • Derecho a solicitar una orden de protección.
  • Derecho a solicitar una orden europea de protección.
  • Derecho a ser parte en el procedimiento penal: el ofrecimiento de acciones.
  • Derecho a la restitución de la cosa, reparación del daño e indemnización del perjuicio causado.
  • Derecho a recibir información sobre las actuaciones judiciales.
  • Derecho a la protección de la dignidad e intimidad de la víctima en el marco de los procesos relacionados con la violencia de género.
  • Ayudas a las víctimas de delitos considerados violencia de género.